Allende las Allende
La bochornosa compra de la casa de Salvador Allende, más allá de sus detalles jurídicos y administrativos, es una oportunidad para reflexionar sobre los límites al poder público. Esto, porque hasta ahora el análisis se ha limitado a cuestiones coyunturales, como la responsabilidad política del gobierno y la eventual cesación en el cargo de una ministra y una senadora. Pero poco se ha dicho sobre el asunto de fondo: el ejercicio del poder público reviste peligros que es mejor mantener a raya.
Ciertamente, el poder que ejercen nuestras autoridades públicas, en cuya virtud dictan decretos, ordenanzas y reglamentos, tiene como propósito mejorar las condiciones de vida de los ciudadanos. Sin embargo, dado su amplio margen de discrecionalidad y su estrecha relación con algunas inclinaciones humanas, como la vanidad y la ambición, el poder puede convertirse fácilmente en un instrumento de opresión.
Pues bien, precisamente con el objetivo de excluir la arbitrariedad y de asegurar el pleno disfrute de nuestras libertades, nace el constitucionalismo como una respuesta histórica a la necesidad de sujetar el poder al derecho. No está de más recordar que para eso sirven las constituciones fundamentalmente, para impedir u obstaculizar el abuso de autoridad. Una constitución no es un gran recipiente de políticas públicas, ni un medio para lograr valores como la justicia social, por valiosa que pueda ser, sino una herramienta jurídica que busca limitar el poder público.
En este contexto el caso de las Allende cobra importancia, precisamente porque es un ejemplo mediático que justifica la existencia del derecho constitucional. Los artículos 37 bis y 60 de la Constitución, que prohíben a los ministros y parlamentarios celebrar contratos con el Estado, responden a la siguiente lógica: las autoridades políticas pueden, en razón de su cargo, influir decisivamente en cuestiones de ejecución presupuestaria; pero ese poder, del que no goza ningún otro ciudadano de a pie, se justifica sólo en razón del bien común. Por tanto, si la autoridad política decide ejercer sus atribuciones presupuestarias para beneficio propio, dicho poder queda desprovisto de toda justificación racional y se convierte en arbitrario. En definitiva, más allá de la política contingente, vale recordar cómo se relacionan estos tres conceptos básicos de la teoría política: poder, bien común y constitución. Así, el derecho público en general, y el derecho constitucional en particular, busca regular el ejercicio del poder de una manera que propenda al bien común, lo que implica, en sentido negativo, proscribir toda forma de ejercicio arbitrario o irracional, como la compraventa de una casa de una ministra y una senadora por parte de la Administración.
*Profesor de Derecho Constitucional de la Universidad Católica del Maule