Fallo ratifica competencia desleal de marca Not Milk sobre la leche
DISPUTA. Tras una demanda interpuesta por el gremio de lecheros de Los ríos, Aproval, en diciembre de 2020, la justicia determinó que la firma Not Company, que fabrica una bebida de origen vegetal, incurrió a través de su rotulado, nombre e imagen en un claro desprestigio a las propiedades de la materia prima que proviene de las vacas.
Luego que la Asociación de Productores de Valdivia (Aproval) interpuso en diciembre de 2020 una demanda en el Primer Juzgado Civil de esa ciudad contra la marca Not Milk, uno de los productos bebestibles que fabrica la marca Not Company (NotCo) y que supuestamente se asemeja a la leche de vaca, hace algunos días el fallo salió a favor de la acusación de dicha asociación gremial.
El planteamiento de Aproval ante la justicia se enfocó en que la expresión Not Milk indicaría que la leche sería perniciosa para la salud y que su producción contribuiría a la contaminación del medio ambiente, a diferencia del producto que ofrece Not Company.
Además, la demanda señala que "se presenta ante el público como sustituto, un reemplazo de la leche, aprovechándose de las bondades y reputación de las que goza dicho producto, pero al mismo tiempo denosta a la leche, como si se tratara de un alimento perjudicial para la salud y el medio ambiente, a diferencia de su producto".
Ante estos antecedentes, desde Aproval solicitaron que el tribunal declare que la empresa incurrió en actos de competencia desleal y por ello pidieron el cese inmediato de conductas que constituyan actos de competencia desleal y que se le prohiba realizarlas a futuro.
Asimismo, la petición incluyó que se le prohibiera a futuro cualquier rotulado, distintivo o imagen, de cualquier naturaleza, que contenga una vaca o alguna figura asociada a la industria lechera.
Fallo
Tras haber esperado más de dos años, el tribunal valdiviano finalmente emitió su sentencia y encontró culpable a la empresa NotCo de llevar a cabo los actos de competencia desleal, en virtud de las disposiciones contempladas en las letras A y B del artículo 4 de la ley 20.169, que se encarga de regular la competencia desleal.
"En consecuencia, se ha ordenado que la demandada cese de inmediato la realización de cualquier conducta que constituya actos de competencia desleal", señala el fallo judicial.
Igualmente, este fallo impone a Not Company una multa de 60 Unidades Tributarias Mensuales (UTM), lo que equivale a $3 millones 795 mil 780 y además se le prohíbe el uso de cualquier marca, rotulado, distintivo o imagen, de cualquier naturaleza, tanto en sus envases como en el material publicitario, que contenga el nombre Not Milk.
El gerente de Aproval, José Luis Delgado, explicó que se trata de una primera instancia, por lo que Not Company puede apelar en la Corte de Apelaciones, así como en la Suprema.
"Este es un camino que está partiendo y el fallo en primera instancia fue bastante contundente, entonces probablemente la apelación será más compleja de revertir", dijo.
En definitiva, el gerente de Aproval ahondó en que el concepto en general que hay detrás de esta demanda, que fundamenta el haber planteado la perspectiva de la competencia desleal, es básicamente el intento de confusión al consumidor al que apuntaría esta compañía, que se refleja en la marca Not Milk, en la vaca tarjada
"Este es un camino que está partiendo y el fallo en primera instancia fue bastante contundente".
José Luis Delgado, Gerente de Aproval