Seguridad en los espacios laborales
Con el regreso a la presencialidad vuelven también temas que quedaron pendientes, como la medición de riesgo sicosocial. Es importante recalcar que el resguardo llega a través del trabajo formalizado.
Antes de la pandemia y el estallido social, las empresas del país habían comenzado a evaluar el nivel se seguridad sicosocial que había entre sus equipos. Buscaban -según la definición oficial- "identificar y medir aquellos factores derivados de la organización del trabajo que constituyen un riesgo para la salud de trabajadores y trabajadoras".
La idea era reforzar la comunicación entre empleadores y empleados para corregir problemas como el ambiente laboral, las condiciones de los espacios y las facilidades para conciliar trabajo y familia; ítem que aparecía transversalmente entre los mayores riesgos, en especial para las mujeres.
Durante los tres años en crisis por el estallido social y luego los problemas sanitarios, esas temáticas se hicieron visibles con las labores a distancia y se comprendió -al menos en el discurso público- que las tareas de cuidado influyen en el desempeño profesional y que deben ser compartidas por los diferentes integrantes de las familias. Ahora, con el regreso a la presencialidad escolar y laboral, es tiempo de volver a revisar esos temas, a la luz también de la seguridad desde la perspectiva de la salud tanto física (evitar contagios), como mental. Y este último punto es clave, pues más del 35% de las licencias médicas de los últimos años tienen que ver con este ítem.
Estas temáticas fueron algunas de las abordadas por la nueva directora del Instituto de Salud Laboral (ISL) Aída Chacón Barraza, en una entrevista en la cual planteó los desafíos de la gestión que inició el 4 de octubre y a la cual accedió por medio de Alta Dirección Pública.
La ingeniera y ex concejala de La Granja (dejó ese cargo para asumir en el ISL) señaló que una de las tareas principales es construir espacios laborales seguros y también lograr que los y las trabajadoras conozcan los alcances de la legislación que los resguarda en estas materias ( Ley 16.744, vigente desde 1968) y comprender que tienen derecho a protección.