Región: Corte Suprema falla a favor de la pesca artesanal por el vertimiento de salmones
MEDIO AMBIENTE. El máximo tribunal de Justicia confirmó que los organismos públicos no cumplieron con la normativa al autorizar el depósito de miles de toneladas de salmón descompuesto en el mar.
Ados años de desatada la gran crisis social, económica y ambiental, finalmente la Corte Suprema de Santiago acogió un recurso de protección a favor del mundo de la pesca artesanal por el vertimiento en el mar de salmones afectados por florecimiento de algas nocivas.
La decisión judicial fue confirmada unánimemente por la Tercera Sala del máximo tribunal, compuesta por los ministros Sergio Muñoz, Ricardo Blanco, Carlos Aránguiz, Juan Manuel Muñoz y el abogado integrante Álvaro Quintanilla.
El organismo jurídico luego de una larga discusión que valió el rechazo de dos recursos anteriores en la Corte de Apelaciones, según formularon las organizaciones pesqueras, concluyó de forma categórica que el vertimiento de miles de toneladas de salmones en descomposición vaciados al mar frente a la costa de Ancud no cumplió con las normas legales y cuyos permisos solicitó la industria respectiva.
Si bien el tribunal habla de 9 mil toneladas de pescados, anteriormente SalmonChile explicó que si bien se visó en aquella época el depósito de tal cantidad, se vertieron 4 mil toneladas a la altura de Punta Faro Corona.
La corte capitalina apuntó sus reparos en contra del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura (Sernapesca), la Dirección General de Territorio Marítimo y de Marina Mercante (Directemar), la Secretaría Regional Ministerial (Seremi) de Salud y la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA).
En uno de sus puntos el tribunal expone que "se aprecia que las instituciones involucradas omitieron desplegar alguna actividad que aminorara los efectos que esa condición climática, que era conocida con anticipación, podía producir sobre los cultivos acuícolas, como efectivamente sucedió, y en tan gran magnitud".
Otro de los argumentos jurídicos que echa por tierra el accionar de estos organismos del Estado de Chile remarca que "el Informe Técnico Solicitud de Vertimiento al Mar SalmonChile AG, contenido en el Ordinario N°08746 de 4 de marzo de 2016, fue evacuado sin documentación de respaldo y sin acompañar actas o constancias de haberse efectuado revisiones in situ, limitándose a comunicar a Directemar que 'conforme a las inspecciones del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura realizadas a la fecha, no se ha pesquisado el tratamiento de la mortalidad'".
El fallo también recalca que "se puede concluir que la actuación de los recurridos se ha apartado tanto de la normativa jurídica que regula sectorialmente las emergencias ambientales y sanitarias, así como de la que se orienta directamente a la protección del medio ambiente, lesionando con esta conducta el derecho de los recurrentes garantizado por nuestra Carta Fundamental en el artículo 19, N°8, esto es, a vivir en un medio ambiente libre de contaminación, de manera que el recurso de protección interpuesto ha de ser acogido".
Abogado
Este triunfo jurídico fue valorado por el abogado recurrente Gonzalo Bulnes, luego que la Suprema acogió este recurso de protección, endosando así la responsabilidad a los diferentes servicios estatales y de paso a las propias empresas salmoneras.
El jurista fue más allá al recordar que en dos oportunidades la Corte de Apelaciones de Puerto Montt rechazó los recursos que ya se habían presentado por parte del mundo pesquero artesanal.
Bulnes sentenció que "la Corte Suprema ha vuelto a revocar esa decisión y ha dicho que no, que aquí las condiciones del clima las conocían de antemano y no hicieron lo que tenían que hacer, que era fiscalizar para que esto no sucediera de tomar medidas preventivas".
"Esto es muy grave, porque en el fondo demuestra que la autoridad pública dejó a los chilotes indefensos y demuestra además de que aquí ha habido manga ancha hacia la industria salmonera y que, lamentablemente, los intereses económicos de la industria han primado", acotó el profesional.
La misma fuente adelantó que a partir de este dictamen se inicia una nueva etapa en favor de las organizaciones de pescadores artesanales y de cinco comunas chilotas afectadas por la crisis en su momento. Un escenario que apunta a emprender acciones legales en contra del Estado de Chile para optar a pagos indemnizatorios.
Mesa
"Para nosotros fue una sorpresa (…) y nos da una alegría como pescador saber que nos están dando la razón", dijo Pablo Oyarzo, presidente de la Mesa Comunal de Marea Roja de Ancud.
El dirigente reiteró el grave daño medioambiental que significó el vertimiento de millones de kilos de salmón en descomposición en el mar, aseverando que ello gatilló todo un drama social en Chiloé.
Oyarzo insistió que "hoy día estamos contentos que la Corte Suprema haya dicho de que todas las fórmulas para hacer ese vertimiento fueron fórmulas equivocadas".
Mientras tanto, el administrador municipal de Ancud, Alexis Latorre, se sumó a la causa explicando que "le han torcido la mano de alguna forma a instituciones públicas y han demostrado que lo que se hizo de alguna manera careció de antecedentes, de acuerdo lo que señala la Corte Suprema".
Sernapesca
Uno de los organismos que hizo eco de este fallo fue precisamente Sernapesca, ente que atendió lo que indica el documento en términos a coordinar acciones correctivas y coordinación.
Jessica Fuentes, subdirectora jurídica del servicio, expuso que "existe un pronunciamiento previo por parte del Tribunal Ambiental de Valdivia que en diciembre de 2017 determinó que tanto Directemar como Sernapesca actuaron de forma correcta al autorizar el vertimiento mar adentro, considerando que se trató de una medida de emergencia".