Corte de Apelaciones anula juicio que absuelve a ex alcalde de Llanquihue Juan Fdo. Vásquez
SE DEBERÁ REPETIR. De los cuatro acusados, sólo el ex administrador de la Municipalidad de Llanquihue, Luis Saavedra, había sido condenado. Deberán comparecer también el abogado Miguel Urrutia y ex concejal Fernando Acuña.
En forma unánime, la Corte de Apelaciones de Puerto Montt determinó anular el juicio oral que había absuelto a tres de los cuatro acusados en el caso de malversación de caudales públicos en la Municipalidad de Llanquihue, incluido al ex alcalde Juan Fernando Vásquez.
La instancia judicial oral se va a convertir en la más larga desde que comenzó a operar en la región la Reforma Procesal Penal, porque estuvo interrumpida durante un año y medio, después que el ex alcalde Vásquez interpusiera un recurso en el Tribunal Constitucional (TC).
Los acusadores, la Fiscalía de Puerto Varas y el Consejo de Defensa del Estado (CDE), recurrieron de nulidad y ayer pasado el mediodía la Corte de Apelaciones de Puerto Montt acogió el requerimiento y anuló el juicio oral, debiendo repetirse con una sala distinta en el Tribunal Oral en lo Penal (TOP).
El veredicto que absolvió a cada uno de los acusados, con excepción de Luis Saavedra, ex administrador (s) del Municipio de Llanquihue, se dio a conocer el 30 de junio de 2017.
Testimonios
Los delitos, por lo que el Ministerio Público de Puerto Varas acusó, se refieren a malversación de caudales públicos, negociación incompatible y prevaricación de abogado.
Por ello, están en calidad de acusados, Luis Saavedra González; Juan Fernando Vásquez, ex alcalde de Llanquihue; el abogado Miguel Urrutia Tobar y el ex concejal Fernando Acuña Ide.
Para el abogado del Consejo de Defensa del Estado, Rodrigo Tejos, esta es una nueva oportunidad de los acusadores para plantear al tribunal (Oral en lo Penal TOP) las razones del por qué "estamos, porque los acusados e imputados, todos, deberían ser condenados, porque a nuestro juicio hay prueba suficiente para ello", aseveró.
Tejos indicó que la principal razón, que invoca la Corte para anular la sentencia del TOP puertomontino, "fue que efectivamente los jueces no se hicieron cargo ni valoraron los testimonios de personas, que incriminaban al resto de los acusados".
El abogado dijo ser coincidente con el fundamento que pedía la nulidad que se refiere a la falta de valoración de la prueba, "y la Corte de Apelaciones en forma unánime llegó a la misma convicción".
El ex fiscal añadió que hubo pruebas que en el fallo del TOP no se mencionaron, "no se ponderaron, ni valoraron en su mérito. Era prueba importante de ambos acusadores del Ministerio Público y del Consejo de Defensa del Estado", anotó.
El fiscal de Puerto Varas, Marco Muñoz, que lleva el caso, dijo estar conforme con la determinación adoptada por el Tribunal de Alzada.
De acuerdo al persecutor, la situación planteada por la Fiscalía en la petición de nulidad estaba basada en las irregularidades que presentaba el fallo que absolvía a tres de los cuatro acusados.
"El recurso de nulidad interpuesto por la Fiscalía se fundamenta en la falta de valoración de la prueba presentada por esta parte acusadora, y todo ello pudo ser subsanado con la nulidad del juicio oral", adujo el fiscal Marcos Muñoz Becker.
meses, el juicio estuvo detenido tras un recurso interpuesto en el Tribunal Constitucional. 18
años y un día de presidio estaba pidiendo la Fiscalía contra el ex jefe comunal de Llanquihue. 15