Rechazan calificación ambiental de Mediterráneo
CENTRAL. Fueron los ministros del Tercer Tribunal Ambiental, quienes señalaron que el Estudio Antropológico contiene falencias metodológicas.
Los ministros del Tercer Tribunal Ambiental anularon la Resolución de Calificación Ambiental del proyecto "Central de Pasada Mediterráneo", en la comuna de Cochamó, y su posterior ratificación por el Comité de Ministros.
El Tribunal tomó tal medida luego de "haber llegado a la convicción de que las conclusiones a las que arribó el Estudio Antropológico Original y su Ampliación fueron inciertas e inconcluyentes, debido a las múltiples falencias metodológicas".
En la sentencia, los ministros consideraron que, según los antecedentes ponderados en el procedimiento de evaluación ambiental del proyecto Mediterráneo, no se puede "concluir sobre la susceptibilidad de afectación directa y la necesidad de haber mediado consulta indígena previa. Estos sentenciadores, en consecuencia, se encuentran impedidos de pronunciarse sobre este asunto por carecer de evidencia".
La primera de dos reclamaciones fue presentada por José Cayún Quiroz, miembro de la comunidad mapuche Domingo Cayún Panicheo, "por falta de consideración de las observaciones reclamadas ante el Comité de Ministros, al omitir pronunciamiento de fondo, respecto de las infracciones normativas alegadas y rechazadas totalmente".
Cayún señaló que sus observaciones sobre el Estudio Antropológico, los efectos sobre la comunidad y la falta de un adecuado proceso de consulta, sólo fueron respondidas con los antecedentes y conclusiones aportados por Mediterráneo.
La sentencia del Tercer Tribunal Ambiental señaló al respecto que pese a que lo anterior no constituye ilegalidad, de igual manera el Comité de Ministros debía "entregar las razones fundadas en hechos de por qué desechó los argumentos de los demás intervinientes".
Según se informó, el proyecto "Central de pasada Mediterráneo" corresponde a una central hidroeléctrica de pasada de 210 MW de capacidad instalada.
Se ubicaría en el sector de La Junta, donde confluyen los ríos Torrentoso y Manso, desembocando este último aguas abajo al Lago Tagua Tagua, el que posteriormente da origen al río Puelo, sector rural de Cochamó. Sus aguas serían captadas del río Torrentoso, y conducidas por medio de tuberías a una sala de máquinas subterránea, las que serán devueltas aguas abajo de la central.
Adicionalmente, la central hidroeléctrica proyectada se conectaría al Sistema Interconectado Central, mediante la construcción de una línea de transmisión de energía eléctrica, de doble circuito y tensión nominal de 220 KV. Esta línea se extendería por 63 kms desde la central (subestación Alto Reloncaví) y hasta la central Canutillar (subestación Reloncaví). En su extensión, dicha línea correría a lo largo de los ríos Manso, Puelo y del lago Tagua Tagua, cruzando por el aire la bahía de Cochamó.
En tanto, el presidente de la Corporación Puelo Patagonia, Rodrigo Condeza, se mostró cauto ante la noticia. "La resolución es un golpe definitivo a un pésimo proyecto, ejecutado desde sus inicios de mala fe, y que ha perjudicando a la comunidad. Si bien la resolución dictada marca un hito importante en la batalla legal, nuestra intención es que las acciones judiciales no terminen sino hasta el momento en que Mediterráneo renuncie definitivamente al proyecto y repare el daño ambiental y social".
MW de capacidad instalada es la que proyectaba realizar esta iniciativa en el sur del país. 210
ríos confluyen en la zona donde se buscaba emplazar este proyecto de central de pasada. 2