Dos caletas dan el ejemplo sobre desarrollo turístico ligado al mar
EXPOSICIÓN. Se trata de San Pedro y Cóndor, las primeras en la provincia de Osorno donde las comunidades huilliches lograron la destinación de millas en el océano para mejorar sus condiciones de vida y recuperar el entorno. La información fue dada a conocer ayer en el segundo seminario "Pueblo Mapuche Williche Territorio y Desarrollo".
La caleta Cóndor, ubicada en la comuna de Río Negro, y San Pedro, en la zona costera de Purranque, son las primeras de la provincia donde las comunidades huilliches presentes en la zona utilizaron la Ley 20.249 llamada "Espacios Costeros Marinos de Pueblos Originarios" para obtener la destinación de espacio marítimo en el que desarrollarán proyectos turísticos.
La información fue presentada durante el segundo seminario "Pueblo Mapuche Williche Territorio y Desarrollo" que comenzó ayer y finaliza la tarde de hoy.
La actividad, organizada por el Instituto Williche junto con la Conadi, el municipio y la Universidad de Los Lagos, contó con la participación de diferentes profesionales quienes presentaron charlas enfocadas en potenciar y generar conocimiento histórico, turístico y educacional huilliche.
La actividad se desarrolló en el auditorium del edificio de Atención al Vecino hasta donde llegaron los interesados en escuchar presentaciones con temáticas como formación huilliche, derechos indígenas, proceso constituyente, historia y desarrollo de la cultura en la provincia y el país.
Designación marítima
La presentación de "Los espacios costeros marinos como opción de desarrollo comunitario", realizada por Miguel Cheuquemán, técnico profesional en Desarrollo Comunitario y dirigente huilliche de la provincia, apuntó a la creación de planes de administración asociados al mar.
Destacó que durante este año en la provincia fueron las caletas San Pedro y Cóndor las primeras en obtener la destinación marítima para las comunidades indígenas que han desarrollado toda una vida en torno al mar durante generaciones.
El profesional precisó que este hecho es de suma importancia para las comunidades indígenas, ya que es una forma de devolución de los espacios que alguna vez fueron parte natural del territorio indígena.
La destinación marítima de ambas caletas fue posible gracias a la Ley 20.249 llamada "Espacios Costeros Marinos de Pueblos Originarios", la cual fue promulgada el 16 de febrero de 2008.
El objetivo de la destinación legal tiene como finalidad mantener las tradiciones y la utilización de los recursos naturales existentes por parte de las comunidades indígenas solicitantes.
Pueden pedir estos espacios marítimos, cuya extensión máxima es de 12 millas, una comunidad o asociación indígena inscrita en el registro de la Conadi. La delimitación que será designada está determinada por la superficie que asegure el ejercicio del uso tradicionalmente realizado.
Miguel Cheuquemán explicó que en el caso de ambas caletas, el proceso ingresó al sistema en 2010 y debió cumplir con una serie de requisitos como antecedentes generacionales de permanencia de la comunidad en el sector, uso de la playa y el mar, formas de vivir, entre otros, los que fueron analizados y tras lo cual se logró finalmente que la Armada autorizara la destinación.
"Esas caletas son las primeras en la provincia en que las comunidades tienen la retribución de parte del mar, es decir, su destinación. Pero para hacerlo producir tienen que trabajar un plan de administración (manejo)", dijo Miguel Cheuquemán.
Precisó que por las características de las caletas probablemente se desarrolle un plan turístico y de conservación de la zona asociado a potenciar los productos extraídos del mar, la fauna existente sobre y bajo las aguas.
En la actualidad en Chile existen 34 solicitudes en trámite, diez de ellas están con decreto de destinación contando ambas caletas de la provincia. Sólo una tiene un plan de administración vigente, que es el caso de Caleta Punta de Capitanes, ubicada en la localidad de Parga, en la costa de la provincia de Llanquihue, Región de Los Lagos.
Aguas puras
Las caletas Milagro, Ancapán y Tril Tril, todas ubicadas en San Juan de la Costa, también están realizando las solicitudes de destinación para desarrollar proyectos asociados a su realidad turística y de desarrollo productivo asociado a servicios y turismo.
"La finalidad es precisamente el empoderamiento de las comunidades asociadas al borde costero desde diferentes ópticas. Precisamente una de esas formas está relacionada con el turismo, con la explotación racional de los recursos vinculados al borde costero", explicó el profesional.
Entre las estrategias turísticas que se pueden desarrollar en el plan de administración asociados a las caletas de la provincia destacan lugares de avistamiento de aves, de ballenas y rocas con loberías.
A eso se suma sectores donde se reproducen distintos tipos de algas o productos del mar.
Las comunidades principalmente quieren potenciar las zonas con un planteamiento de turismo ecológico, de interés específico rural o de promoción de las tradiciones indígenas.
Chile es uno de los pocos países donde las comunidades indígenas lograron legislar sobre la devolución de territorio marítimo en el mundo. La experiencia legislativa está vigente en Nicaragua, Canadá, Noruega y Finlandia.
La lucha por lograr la aprobación de está ley comenzó con una discusión política en el año 1991, que se concretó recién en 2008 con la promulgación de la ley.
Diversos valores
Anselmo Nuyado, presidente del Instituto de Cultura, Ciencia y Tecnología Mapuche Williche, explicó que la importancia para las comunidades de la provincia de tener dos caletas con destinación marítima tiene un valor estratégico, cultural y político.
"Es una señal clara y potente que las otras comunidades indígenas tanto del territorio de la provincia como nacionales realicen el proceso para comenzar un desarrollo ancestral que aspiramos", comentó Nuyado.
El profesional señaló que al pensar en turismo en las zonas donde habitan comunidades indígenas el paisaje tiene un rol fundamental.
"El turismo permitirá destacar las bondades gastronómicas que utilizan los recursos del bosque y del mar, además de plantas y hortalizas naturales existentes en las playas", argumentó el representante indígena.
"Nosotros vamos a vender nuestro turismo con un valor agregado como es la música, los sitios sagrados, paisajes diferentes y únicos. Si usamos bien los espacios marítimos, no con un fin de lucro o de extracción como hacen las grandes empresas, vamos a conservar los recursos marinos, tener limpias las aguas y evitar la deforestación", explicó.
Datos
Postulación se realiza a través de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura.
Requisitos pueden optar al beneficio otorgado por ley comunidades o asociaciones indígenas de al menos 25 personas.
"El turismo permitirá destacar las bondades gastronómicas que utilizan los recursos del bosque y del mar".
Anselmo Nuyado, Representante huilliche
"La finalidad es precisamente el empoderamiento de las comunidades asociadas al borde costero desde diferentes ópticas".
Miguel Cheuquemán, Profesional
2008 entró en vigencia la Ley 20.249 llamada "Espacios Costeros Marinos de Pueblos Originarios", cuya finalidad es mantener las tradiciones por parte de las comunidades indígenas solicitantes.
12 millas marítimas es la máxima extensión que otorga la Ley 20.249 a las comunidades indígenas que han desarrollado actividades durante generaciones en dicha zona.
34 solicitudes están vigentes en Chile para obtener reivindicación marítima, diez de ellas están con decreto de destinación contando ambas caletas de la provincia.