El Tribunal Ambiental de Santiago acogió a trámite la reclamación que formuló la empresa HidroAysén en contra del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA), organismo que ejecutó los acuerdos adoptados por el Comité de Ministros del 10 de junio pasado.
En esa fecha, la instancia resolvió dejar inválidos los acuerdos alcanzados por el Comité de Ministros del Gobierno del ex Presidente Sebastián Piñera el 30 de enero pasado. También revocó la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) del proyecto.
El comité, conformado por los titulares de las carteras de Energía, Minería, Salud, Agricultura, Medio Ambiente y Economía, determinó por unanimidad objetar el proyecto ya que, en su opinión, no cuantifica adecuadamente su potencial impacto ambiental.
En específico, apeló a la inexistencia de un plan de relocalización como medida de compensación para un impacto declarado por el titular de la iniciativa hidroeléctrica, así como los efectos de cambios en la hidrología de los cursos alterados en en el ecosistema acuático e inconsistencia respecto de la línea base declarada y levantada en fauna terrestre.
recurso legal
La empresa recurrió al Tribunal Ambiental de Santiago amparada en el artículo 17 n°8 de la ley N° 20.600, que señala que esa instancia es competente para 'conocer de las reclamaciones en contra de la resolución que resuelva un procedimiento administrativo de invalidación de un acto administrativo de carácter ambiental.
El plazo para este tipo de acciones es de 30 días desde la notificación de la resolución.
HidroAysén argumentó el recurso contra el SEA 'por cuanto, se resolvió invalidar una serie de acuerdos y resoluciones que allí se indican, todos con relación a los procedimientos administrativos de reclamación iniciados en contra de la Resolución Exenta N°225/2011 de la Comisión de Evaluación de la Región de Aysén que calificó favorablemente desde el punto de vista ambiental al Proyecto Hidroeléctrico Aysén'.
'Al haberse ejercido la facultad invalidatoria en un caso en que la ley expresamente lo prohibe, el Comité de Ministros ha actuado ilegalmente, fuera de su competencia, por lo que ese acto invalidatorio debe ser dejado sin efecto', dijo la apelación.
aprobación
Ese proyecto hidroeléctrico recibió en 2011 la aprobación ambiental de la Comisión de Evaluación de la Región de Aysén. Pero el mismo año representantes de la comunidad y organizaciones ambientalistas presentaron reclamaciones contra la iniciativa ante el Comité de Ministros.
El proyecto llegó a tener 35 reclamaciones en contra -34 de la comunidad y 1 del titular de la iniciativa- y más de 1.000 observaciones. Además, tardó casi tres años en ser resuelto por la instancia gubernamental.
Hidroaysén podrá acudir en última instancia a la Corte Suprema.
El proyecto lleva siete años en tramitación y ha sido combatido por grupos ambientalistas, que denuncian el daño que podría provocar en el entorno, debido a la inundación de 5.900 hectáreas mediante cinco represas sobre los ríos Pascua y Baker, en la Patagonia.
Hidroaysén pretende inyectar unos 2.750 MW a la capacidad instalada.
En julio, Francesco Starace, el máximo ejecutivo del grupo italiano Enel, que controla HidroAysén a través de Endesa Chile, dijo que a futuro se podría modificar el proyecto, aunque por el momento no era viable debido al rechazo que despierta en la comunidad.
'Al haberse ejercido la facultad invalidatoria en un caso en que la ley expresamente lo prohibe, el Comité de Ministros ha actuado ilegalmente, fuera de su competencia'.
Resolución